Responsabilidad Civil para Instaladores: finalidad y funcionamiento

En mi día a día he percibido que un gran número de las personas que contratan el Seguro de Responsabilidad Civil (RC, en adelante) no tienen claro la finalidad del mismo ni su funcionamiento.

Con este artículo, espero aclarar algunas de esas ideas básicas.

Si atendemos a su concepto, la responsabilidad civil es la obligación que recae sobre una persona o empresa de reparar el daño que ha causado a otra persona o empresa (tercero).

El seguro de RC dirigido a los instaladores, sirve para reparar ese daño, entregando una indemnización monetaria al tercero dañado.

Una de las dudas más comunes que se me presentan, es si tiene cobertura el bien sobre el que se trabaja. Como bien dice su definición, se cubre el daño causado a un tercero; por tanto, el bien sobre el que se trabaja queda excluido imp source. Esta idea la podemos visualizar con un ejemplo: Instalando un módem en una pared, se cae el módem rompiendo un cristal propiedad del cliente. En este caso gozaría de cobertura el cristal pero no el módem.

Los seguros de RC no llevan incluido el servicio de “reparadores”, a diferencia de un seguro de hogar o de comercio.

Vuelvo a tomar un ejemplo para mi explicación: si taladramos una tubería durante una instalación, lo primero será cortar la llave de paso para evitar daños mayores y hacer fotos de los daños provocados. Seguidamente, la empresa instaladora debe buscar un reparador (en este caso un fontanero) que selle la tubería, pero no ir más allá, hasta que se comunique el siniestro a la Compañía y ésta envíe perito para valorar los daños causados.

Una vez realizada la visita pericial, el perito analizará la cobertura del siniestro valorando los daños; posteriormente, la compañía indemnizará. Si la empresa instaladora se encarga de reparar el daño, la indemnización la recibirá ella (previa presentación de las facturas de reparación); ahora bien, si el perjudicado se encarga de reparar, será él quien reciba la citada indemnización.

Por tanto, la compañía sólo indemniza, no repara.

Es muy importante que os apoyéis en vuestro agente de seguros cuando tengáis un siniestro, ya que es él quién os debe de orientar durante el transcurso de la tramitación del mismo.

Normalmente, este tipo de seguro lleva aparejado el concepto de franquicia, es decir, la parte del siniestro que asume el tomador de la póliza. La franquicia se deduce del total de la indemnización que corresponda al siniestro.

Los Reglamentos que regulan las distintas actividades de instalación, por ejemplo telecomunicaciones,  exigen a las empresas instaladoras que contraten este tipo de seguro, junto con otros tipos de requerimientos.

En el Reglamento se indican las especificaciones mínimas con las que se debe contratar el seguro, por ejemplo el capital mínimo requerido.  Por ello, es muy importante informar a vuestro agente de seguros de las distintas actividades que realicéis, ya que cada reglamento exige un capital y vuestro seguro debe de agruparlo todo.

Con estas breves pinceladas, espero haber aclarado el funcionamiento de este seguro que en determinadas ocasiones se ve muy confuso.

En otra ocasión, abordaremos el concepto de daños directos e indirectos así como las distintas coberturas que pueden ser contratadas.

Un saludo y hasta pronto.

Carmen