La Carta Verde para circular en Portugal

Hoy escribimos este post sobre la Carta Verde ya que, la Oficina Nacional de Seguro en España (Ofesauto) recientemente nos recordó que no es necesario disponer de la Carta Verde para circular en Portugal motivo por el que no podrían sancionarnos. Si te preguntas qué es y para qué sirve la Carta Verde, y si en Portugal no es necesaria, en qué países sí es necesario tener este documento, en las líneas que siguen vamos a tratar de explicarlo con detalle.

QUÉ ES LA CARTA VERDE Y PARA QUÉ SIRVE

La Carta Verde es un documento reconocido a nivel internacional, que prueba que un vehículo está asegurado y da cobertura a las posibles víctimas de un accidente causado por un vehículo en un país extranjero.

Dicho de otro modo, si viajamos a otro país y tenemos la mala suerte de tener un accidente, con la carta verde no habrá duda de que nuestro vehículo se encuentra asegurado, se agilizará mucho la tramitación del siniestro así como las reclamaciones de daños provocadas a terceros.

España forma parte del sistema de la Carta Verde, de forma que cualquier vehículo matriculado y asegurado en España, podrá solicitar la Carta Verde. Con este documento no se obtiene ninguna cobertura de seguro adicional. Simplemente es un documento que certifica que estamos asegurados.

En general, tendrán acceso a la Carta Verde todos aquellos vehículos que tengan autorización para circular por la vía pública, desde las motocicletas de 50cc hasta los camiones trailer. No se incluyen por tanto, los vehículos industriales y los vehículos agrícolas, al requerir de permisos especiales para su circulación por la vía pública.

OFESAUTO NOS INFORMA

La Oficina Nacional de Seguro es un organismo que, en cada uno de los países adscritos al sistema de Carta Verde, agrupa a todas las entidades de seguros de automóviles. Este organismo asume las obligaciones derivadas de los vehículos nacionales en los otros países así como las derivadas de los accidentes causados por vehículos de otros países en su propio territorio.

Las Oficinas Nacionales atienden las reclamaciones y tramitan y liquidan los siniestros en los que está implicado un vehículo extranjero, según unas normas comunes de actuación.

En España, la Oficina Nacional de Seguro es la Asociación Española de Aseguradores de Automóviles (Ofesauto).

En febrero de este año, la Asociación Ofesauto publicó una nota informativa recordando que no es necesario disponer de la ‘Carta Verde’ para circular en Portugal.

Este mensaje se debe al hecho de que algunos conductores españoles habían sido sancionados por las autoridades de tráfico portuguesas por no llevar físicamente la Carta Verde.

LA CARTA VERDE NO ES NECESARIA PARA VIAJAR POR EUROPA

El Sistema de la Carta Verde está en funcionamiento desde el año 1952 y hoy día hay más de 40 países sometidos a dicho sistema, incluyendo todos los países de Europa.

Según establece la Ley en el artículo 4.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, la cobertura de responsabilidad civil está garantizada en todo el territorio del Espacio Económico Europeo y estados asociados al mismo.

De este modo, no es preciso disponer de la Carta Verde para cruzar fronteras en la Unión Europea. Esto es posible gracias a que cada país de la Unión Europea cumple con lo establecido en la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de septiembre de 2009 relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad: cada póliza de seguro de automóvil emitida en la UE garantiza la cobertura mínima de seguro requerida por ley en otro estado miembro.

La Carta Verde tampoco es necesaria para estos países, aunque no forman parte de la UE: Croacia, Islandia, Noruega, Suiza (incluyendo Liechtenstein) y Andorra.

La Carta Verde sí es requerida para viajar a los siguientes países: Albania, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Bielorrusia, Israel, Irán, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Montenegro, Rusia, Túnez, Turquía y Ucrania. En estos países en los que es exigible la Carta Verde, siempre debemos llevarla a mano.

Si ya tuviéramos la Carta Verde, debemos comprobar que ésta no caduque mientras realicemos nuestro viaje ya que no sería válida en caso de accidente.

QUÉ HACER SI TENGO UN ACCIDENTE EN EL EXTRANJERO

En caso de sufrir un accidente en alguno de los países en los que se requiere la Carta Verde, procura:

1. Identificarte y facilitar los datos de tu vehículo y de tu seguro.
2. Mostrar la Carta Verde al perjudicado o a las Autoridades que te presten socorro.
3. Utilizar siempre la Declaración Amistosa de Accidente.
4. Comunicar el accidente a la Oficina Nacional de Seguro en el país en que ha ocurrido el accidente. A través de la web del Council of Bureaux es posible conocer los datos de contacto de dicho organismo en el país en el que te encuentres.
5. Contactar con tu Agente de Seguros en España. Si tienes dificultades con el punto anterior, tu Agente de Seguros te ayudará y se coordinará con la Oficina Nacional para solucionar el problema.

RESUMEN Y CONCLUSIONES

De este modo, la Carta Verde es un documento que certifica que nuestro vehículo tiene un seguro de Responsabilidad Civil que garantiza, al menos, las coberturas obligatorias del país visitado.

Hay países en Europa, como es el caso de Portugal, en los que su propia legislación interna reconocen que la Carta Verde sea un documento que acredite la cobertura de seguro dentro de Portugal para los vehículos matriculados en Portugal. Esta medida es únicamente válida y aplicable para sus propios vehículos nacionales ya que la Carta Verde no puede ser exigida a un vehículo español en ningún país europeo como documento acreditativo de seguro y por tanto no es necesaria para circular por ninguno de ellos.

Si tenemos pensado viajar al extranjero con nuestro automóvil, deberíamos analizar si vamos a necesitar la Carta Verde. Debemos tener en cuenta tanto el país de destino como los países intermedios por los que tenemos previsto conducir.

Dado que este documento no siempre se emite de forma conjunta con la póliza de seguro del vehículo, en caso de necesitar la Carta Verde debes solicitarla a tu Agente de Seguros.

Te aconsejamos siempre que contactes con tu Agente de Seguros ya que te dará un asesoramiento profesional sobre los pasos a seguir en caso de problemas. Si eres asegurado nuestro, contacta con nosotros ;).

En este sentido, siéntete libre de consultarnos cualquier duda que tengas sobre este asunto bien a través del formulario de contacto de la web o bien acudiendo en persona a nuestra oficina en Córdoba.

Estaremos encantados de atenderte.

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Un cordial saludo.
mdseguros.es
Tu Agencia de Seguros en Córdoba.